FISCALES
En OVALLE & ASOCIADOS somos especialistas en materia fiscal
Toda persona física o moral debe observar las disposiciones fiscales nacionales e internacionales en el desarrollo de sus actividades comerciales y empresariales. El desconocimiento y, consecuentemente, el incumplimiento de dichas disposiciones genera diversas contingencias que afectan al ente económico.
Es por ello, que en OVALLE & ASOCIADOS buscamos en todo momento que nuestros clientes cumplan con sus obligaciones tributarias, de manera que éstas no representen un obstáculo para que logren sus objetivos.
El conocimiento que tenemos de la legislación tributaria nos permite crear estrategias a fin de lograr la mayor eficiencia fiscal dentro del marco legal, disminuir los riesgos fiscales existentes o bien, atender las contingencias presentes.

Preventivos
El momento ideal para corregir la situación tributaria de un contribuyente es antes de que la autoridad fiscal le requiera el cumplimiento de sus obligaciones, o bien, ejerza sobre éste alguna facultad de comprobación, por ejemplo, una visita domiciliaria.
Adelantarse a la autoridad evita que al contribuyente se le determinen créditos fiscales, se le impongan multas o, inclusive, que sea denunciado por algún delito fiscal.
¡La prevención siempre será la mejor defensa!
1.- Detección, gestión y control de riesgos tributarios.
2.- Prevenir la actualización de las causales de revocación del Certificado de Sello Digital.
3.- Análisis y soporte de la materialidad de las operaciones realizadas para prevenir que sean declaradas inexistentes (69-B del CFF).
4.- Verificar que sus proveedores no se encuentren publicados por el SAT como empresas que facturan operaciones inexistentes (69-B CFF).
5.- Verificar que los CFDI’s recibidos cumplen con los requisitos de ley para la procedencia de las deducciones del ISR y el acreditamiento del IVA.
6.- Evaluar la razón de negocios de sus operaciones (cláusula antiabuso o antielusión)
7.- Corregir su situación fiscal antes de que la autoridad inicie sus facultades de comprobación y determine un crédito fiscal.
8.- Prevenir la imposición de multas por infracciones a las disposiciones fiscales y a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
9.- Prevenir la determinación de créditos fiscales por responsabilidad solidaria a los socios, al representante legal, y demás personas que tengan conferida la dirección de la empresa.
10.- Establecer políticas de cumplimiento para evitar la posible comisión de delitos fiscales.

Asesoría y consultoría.
Una adecuada planeación fiscal es indispensable para el éxito de todo negocio, ya que evitará que se destine tiempo y recursos económicos y humanos para atender las contingencias fiscales que se puedan suscitar.
En OVALLE & ASOCIADOS diseñamos el plan estratégico idóneo para eficientar la carga tributaria de su empresa, a fin de generar ahorros a corto, mediano y largo plazo, los cuales podrán ser utilizados para impulsar el crecimiento de sus proyectos.
1.- Asesoría para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
2.- Atención a visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, de escritorio y electrónicas, de procedimientos seguidos conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
3.- Acuerdos conclusivos ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON).
4.- Consultas sobre temas concretos en materia fiscal.

Procedimientos contenciosos.
En OVALLE & ASOCIADOS somos especialistas en litigio fiscal.
Representamos a nuestros clientes ante instancias administrativas y jurisdiccionales en la defensa de sus derechos, a fin de nulificar los actos y resoluciones de las autoridades fiscales y administrativas que los afecten.
1.- Impugnación de actos y resoluciones de autoridades fiscales federales y estatales que:
- Determinen contribuciones omitidas, accesorios o aprovechamientos (créditos fiscales).
- Nieguen devoluciones o compensaciones.
- Determinen responsabilidad solidaria.
- Determinen que sus operaciones no tienen razón de negocio.
- Nieguen la obtención de un nuevo Certificado de Sello Digital.
- Determinen inexistentes las operaciones realizadas (69-B CFF).
- Impongan multas por la omisión de contribuciones o la comisión de infracciones a las disposiciones fiscales.
- Inmovilicen cuentas bancarias.
- Se lleven a cabo en el procedimiento administrativo de ejecución.
2.- Impugnación de actos y resoluciones de autoridades aduaneras.
3.- Impugnación de actos y resoluciones de autoridades administrativas federales (PROFECO, IMPI, CONAGUA, CNBV, CONDUSEF), así como de autoridades administrativas locales.

En materia Penal – Fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad de presentar querellas ante la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de los contribuyentes, atribuyéndoles la comisión de diversos delitos contemplados en el Código Fiscal de la Federación (CFF), en el Código Penal Federal (CPF) y en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
En OVALLE & ASOCIADOS brindamos a nuestros clientes una defensa legal efectiva en caso de que la autoridad hacendaria les atribuya la comisión de delitos fiscales, verbigracia:
1.- Desobediencia a mandato legítimo de autoridad (Artículo 40 CFF).
2.- Contrabando (Artículo 102 del CFF).
3.- Defraudación fiscal y sus equiparables (Artículos 108 y 109 del CFF).
4.- Simulación de actos o contratos en perjuicio del fisco federal (Artículo 109, fracción IV, del CFF).
5.- No solicitar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (Artículo 110, fracción I del CFF).
6.- Rendir datos falsos al Registro Federal de Contribuyentes (Artículo 110, fracción II del CFF).
7.- Desocupación o desaparición del domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio de domicilio al Registro Federal de Contribuyentes (Artículo 110, fracción V del CFF).
8.- Llevar doble contabilidad (Artículo 111, fracción I del CFF).
9.- Ocultamiento, alteración o destrucción de la contabilidad (Artículo 111, fracción II del CFF).
10.- Depositaría infiel (Artículo 112 del CFF).
11.- Expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos simulados (Artículo 113 Bis del CFF).
12.- Fraude en perjuicio de acreedores (Artículo 388 Bis CPF)
13.- Operaciones con recursos de procedencia ilícita (Artículo 400 Bis del CPF).
14.- Delitos relacionados con los avisos e información que debe presentarse conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
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OVALLE & ASOCIADOS somos una firma legal especializada en materia fiscal y protección de capital intelectual, que brinda a sus clientes asesoría preventiva y estratégica, así como soluciones innovadoras y oportunas en éstas áreas.